La sentencia responde a una denuncia de Ecologistas en Acción obre la falta de legislación contra el ozono en Castilla y León
El Tribunal Supremo ha ratificado que las comunidades autónomas tienen la obligación de elaborar planes para la protección de la atmósfera y para minimizar los efectos negativos de la contaminación, sin que estén vinculados a la existencia de un plan previo del estado
“Es una sentencia muy importante, porque las comunidades autónomas se aferraban a la redacción de un plan nacional para no elaborar programas contra el ozono y otros contaminantes”, explica Miguel Ángel Ceballos, miembro de Ecologistas en Acción, grupo que interpuso la denuncia en el Tribunal.
La Sala del Tribunal Supremo rechazó el recurso de casación interpuesto por la Junta de Castilla y León, que pretendía dejar sin efecto una sentencia del Tribunal Superior de Justicia que le obligaba a elaborar planes de calidad del aire para controlar el ozono troposférico, el conocido como el “ozono malo”, diferente al que nos protege de la radiación ultravioleta. Es el contaminante más extendido y afecta a gran cantidad de la población en España: aproximadamente 30 millones de personas en una superficie de 380.000 kilómetros cuadrados, según los cálculos de Ecologistas en Acción. La Agencia Europea para el Medio Ambiente estima que este gas es responsable de entre 1.500 y 1.800 muertes prematuras al año en España.
Miguel Ángel Ceballos, miembro de Ecologistas en Acción, explica que se trata de “una sentencia muy importante, porque las comunidades autónomas se aferraban a ese paso [la redacción de un plan nacional] para no elaborar programas contra el ozono y otros contaminantes”,
Una excelente noticia para quienes trabajamos por fomentar el uso de energías limpias, renovables y respetuosas con el medio ambiente.